Se establece el pago por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios para los meses de enero a abril de 2021

La presente resolución establece el pago por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios por parte de la ADRES a las IPS con servicios de cuidados intensivos e intermedios habilitados para los meses de enero a abril de 2021. De su contenido se destaca:
  1. El pago se reconocerá siempre que: (i) se haya superado el 30% de disponibilidad en cada servicio por cada sede y cada día dentro del período de reconocimiento; (ii) tales servicios hayan estado disponibles para ese propósito y, (iii) el reporte de ocupación se haya realizado en el REPS.
  2. IPS deberán remitir certificación firmada dentro de los 3 primeros días calendario de cada mes, en la que conste el número de camas habilitadas disponibles de las unidades de cuidado intensivo e intermedio del mes objeto de reconocimiento, identificando la disponibilidad diaria y total por mes.
  3. IPS deberán adelantar previamente los trámites de inscripción de las cuentas bancarias a las cuales se realizará el desembolso.
  4. IPS deberán destinar recursos para financiar el mantenimiento de la disponibilidad del servicio, incluyendo todos los costos para su sostenibilidad en el tiempo.
  5. Para legalizar el pago por disponibilidad el representante legal de la IPS debe certificar el pago de los gastos asociados a la nómina o de la remuneración del Talento Humano en Salud disponible de las unidades de cuidado intensivo e intermedio requeridos para la atención del COVID-19.
Resolución 1576 de 2021, MinSalud

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