Se determina el valor a reconocer por parte de la ADRES a las EPS y demás EOC por concepto de las canastas de servicios y tecnologías para la atención del COVID-19

Se determina el valor a reconocer a las EPS de los regímenes Contributivo y Subsidiado y demás EOC por concepto de las siguientes canastas de servicios y tecnologías para la atención del COVID-19: (i) atención hospitalaria básica, (ii) atención hospitalaria media, y (iii) atención en servicio hospitalario UCI, por los meses de mayo y junio de 2021, así como las condiciones para su giro. De su contenido se destaca:
  1. El valor que se le reconocerá a EPS SURA es de $223.230.799.417
  2. La ADRES realizará el giro directo de los recursos por concepto de canastas a las IPS, de acuerdo con los beneficiarios y montos que definan las EPS. Si el representante legal de la EPS certifica que no tiene deuda con las IPS, por concepto de servicios y tecnologías en salud brindados a afiliados hospitalizados por COVID-19, la ADRES podrá hacer el giro a la EPS.
  3. Las EPS deberán distribuir de manera equitativa estos recursos entre el mayor número de prestadores posible, dando prioridad a las cuentas de mayor antigüedad, aplicando criterios objetivos de distribución y ponderación.
  4. No se podrá concentrar el giro de los recursos en las IPS que tengan vínculo de propiedad con las EPS deudoras.
Resolución 1585 de 2021, MinSalud

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