Determina el marco técnico de infraestructura y equipamiento de edificaciones destinadas a la prestación de servicios de salud
Define el marco técnico normativo para la infraestructura y equipamiento de edificaciones destinadas a la prestación de servicios de salud; estableciendo criterios técnicos para: i) el diseño y dimensionamiento de la infraestructura física, ii) el equipamiento adecuado de dichas edificaciones, y iii) la adaptación al cambio climático, mediante la incorporación de medidas que fortalezcan la resiliencia de las construcciones destinadas a la prestación de servicios de salud. Obligaciones de Cumplimiento Normativo Aplican a todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), tanto públicas como privadas, a nivel nacional y territorial:- Diseño y construcción de edificaciones deben cumplir criterios técnicos de:
- Accesibilidad.
- Sismo resistencia.
- Sostenibilidad ambiental.
- Eficiencia energética e hídrica.
- Adaptación al cambio climático.
- Equipamiento debe ser adecuado y alineado con los estándares técnicos definidos en los anexos.
- Articulación con estrategias internacionales como:
- Hospital Seguro.
- Hospital Verde.
- Hospital Inteligente.
- Herramientas ISH, INGRID-H, STAR-H.
- Con licencia de construcción vigente o en trámite: se rigen por normas vigentes al momento de otorgamiento.
- Con concepto técnico de viabilidad expedido en los últimos 2 años: se rigen por normas vigentes al momento de expedición.
- En obra civil: se rigen por normas vigentes, pero deben obtener concepto de reparaciones locativas en un plazo de 6 meses.
- Radicados para evaluación técnica: se rigen por normas vigentes, con plazo de 6 meses para obtener concepto técnico (o 12 meses si lo emite el Ministerio de Salud).
- Voluntariedad para edificaciones ya construidas o en proceso de construcción antes de la vigencia.
- Armonización normativa con planes urbanísticos y sanitarios territoriales.
- Derogas las Resoluciones 4445 de 1996 y 5042 de 1996.
