Disminuyen las limitaciones de aforo para la realización de eventos públicos o privados

MinSalud disminuye las limitaciones de aforo para la realización de eventos de carácter público o privado, manteniendo la obligación de la exhibición del carné o certificado digital de vacunación contra el COVID-19 para los asistentes. De la norma resalta:
  1. En el Ciclo 2 (más de 70% de la población vacunada o IREM entre 0.5 y 0.74), el aforo permitido es de 50% pero los alcaldes podrán autorizar aforo de 75%.
  2. En el Ciclo 3 (IREM superior a 0.75), el aforo permitido es de 75% pero los alcaldes podrán autorizar aforo de 100%.
  3. Elimina la prohibición de realizar eventos con más de 50 personas en caso de que la ocupación UCI sea superior al 85%.
MinSalud, Resolución 1687 de 2021

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