Lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud

Adopta los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud. La norma busca garantizar el acceso, continuidad y calidad de los servicios de rehabilitación en salud para toda la población, incluyendo personas con condiciones transitorias o permanentes que requieran rehabilitación. Ámbito de Aplicación
  • EPS, IPS, ARL, SOAT, póliza de salud y talento humano en salud, entre otros.
Obligaciones de Cumplimiento Normativo
  • Garantizar la prestación de servicios de rehabilitación en salud en todos los niveles de atención, a través de redes integrales e integradas, buscando accesibilidad, continuidad e integralidad.
  • Ampliar la oferta de servicios de rehabilitación según las necesidades de la población atendida y la complejidad de los servicios, habilitando nuevos servicios o modalidades (incluyendo telesalud).
  • Articular la rehabilitación laboral y ocupacional con las normas vigentes del Sistema de Seguridad Social Integral, garantizando la integralidad y continuidad en la atención, independiente del origen de la condición de salud (común o laboral).
  • Financiar los servicios y tecnologías requeridos para la rehabilitación con recursos del sistema de salud (ADRES, SGP, SOAT, ARL, etc.), según el origen de la condición de salud.
  • Reportar información, monitorear y evaluar indicadores de rehabilitación en salud a nivel nacional y territorial.
  • Promover la formación continua y educación permanente del talento humano en salud para la rehabilitación, incluyendo la creación de plazas de servicio social obligatorio.
  • Condiciones de trabajo digno y decente para el talento humano en salud.
  • Implementar procesos de referencia y contrarreferencia para garantizar la continuidad de la atención en rehabilitación.
Disposiciones relevantes
  • Obligación de accesibilidad y continuidad: Los servicios de rehabilitación deben prestarse lo más cerca posible al lugar de residencia del usuario, evitando interrupciones por razones administrativas o económicas.
  • Articulación intersectorial: Se exige armonizar la rehabilitación con políticas de discapacidad, envejecimiento, salud mental, prevención de consumo de sustancias, víctimas del conflicto armado, entre otras.
  • Financiamiento asegurado: Los servicios y tecnologías requeridos para la rehabilitación serán financiados por los recursos del sistema de salud, y en casos de accidentes laborales o de tránsito, por las ARL y compañías de seguros SOAT.
  • Monitoreo y evaluación: Se establecen mecanismos para el reporte, monitoreo y evaluación de indicadores de rehabilitación en salud a nivel nacional y territorial.
(MinSalud, Resolución 1788 de 2025, 04-sep-25)

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