Desarrolla la estructura del Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial -SIIFA

La resolución desarrolla la estructura y funcionamiento del Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial (SIIFA), estableciendo la información a registrar, los módulos, manuales y demás aspectos necesarios para su operación. El SIIFA será el canal oficial para el registro de contratos, facturas, devoluciones, glosas, pagos y otros trámites entre los agentes del sector salud y protección social. Obligaciones de cumplimiento normativo Agentes obligados:
  • Entidades responsables de pago (ERP), pagadores, ADRES, prestadores de servicios de salud (PSS), proveedores de tecnologías en salud (PTS), fabricantes, importadores y titulares de registro sanitario.
  • Todos deben registrar en el SIIFA la información relativa a contratos, facturas, notas crédito/débito, devoluciones, glosas, pagos y saldos en discusión.
Obligaciones específicas:
  • Registro oportuno y veraz de la información financiera y asistencial.
  • Uso de procesos informáticos de interoperabilidad según los manuales técnicos.
  • Respuestas a devoluciones y glosas en los plazos definidos.
  • Registro de cuentas bancarias para giros y detalle de pagos.
  • Cumplimiento de los procedimientos de autenticación y seguridad de datos.
Fechas y plazos para cumplir con las obligaciones
  • Registro de acuerdos de voluntades en ejecución: 15 días hábiles del mes de inicio de operación según cronograma.
  • Aceptación/rechazo de información registrada: 5 días hábiles desde el registro por la entidad responsable de pago.
  • Registro de modificaciones y liquidaciones posteriores: 5 días hábiles desde la suscripción y firma.
  • Ajustes tras rechazo: 5 días hábiles desde el registro del rechazo.
  • Registro de devoluciones, glosas y respuestas: Según términos del artículo 2.6.1.4.3.12 del Decreto 780 de 2016.
  • Registro de pagos y giros: Máximo 5 días hábiles desde la realización del pago.
  • Cronograma de implementación:
    • Fase I (funcionalidades básicas): octubre-noviembre 2025 (inicio de operación), diciembre 2025-enero 2026 (FEV-RIPS), febrero-junio 2026 (seguimiento a FEV), julio-noviembre 2026 (operación de módulos complementarios).
  • Vigencia: Desde la fecha de expedición (23 de septiembre de 2025).
Disposiciones relevantes
  • Interoperabilidad tecnológica: Procesos informáticos obligatorios para transmisión y recepción de datos.
  • Transparencia y trazabilidad: El SIIFA optimiza la gestión de recursos públicos y el seguimiento al derecho fundamental a la salud.
  • Protección de datos personales: Estrictos estándares de seguridad, confidencialidad y respaldo de la información.
  • Capacitación y soporte técnico: El Ministerio garantizará asistencia técnica y capacitación durante la implementación.
(MinSalud, Resolución 1962 de 2025, 23-sep-25)

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