Se adoptan los lineamientos técnicos y operativos del Programa Nacional de Prevención, Control y Eliminación de la Malaria

Establece los lineamientos técnicos y operativos del Programa Nacional de Prevención, Control y Eliminación de la Malaria, la Guía de Práctica Clínica Diagnóstico y tratamiento de la malaria, así como modificar parcialmente la Resolución 2257 de 2011 y dictar otras disposiciones. De su contenido se destaca:
  1. Se establecen, entre otras, las siguientes obligaciones para la EPS y EAPB:
-Identificar las necesidades en salud y definir los grupos de riesgo en malaria de la población afiliada. -Garantizar la toma de muestra para el diagnóstico oportuno en el primer lugar de atención y verificar el funcionamiento satisfactorio de su operación. -Implementar estrategias de capacitación y reentrenamiento del talento humano en salud. -Garantizar el aseguramiento de la calidad en el proceso de atención de acuerdo con lo establecido en la Guía de Atención Clínica Integral para Malaria.
  1. Se establecen, entre otras, las siguientes obligaciones para la IPS:
-Garantizar la atención integral de todo paciente diagnosticado con malaria, en el marco de su alcance y capacidades. - Realizar seguimiento periódico riguroso para garantizar a la adherencia de su personal a la guía de manejo clínico. -Garantizar el diligenciamiento de la ficha de notificación con calidad y coherencia, así como su cargue de manera oportuna al portal SIVIGILA.
  1. Deroga parcialmente el artículo 3° de la Resolución 2257 de 2011, en lo relacionado con la Guía de Atención Integral de Malaria, la cual es sustituida por medio de la presente resolución.
(MinSalud, Resolución 2073 de 2023, 11-dic-23)

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