Establece requisitos para la expedición, renovación y cambios de la licencia de seguridad y salud en el trabajo

Mediante esta Resolución, Minsalud establece el marco normativo que regula los requisitos, procedimientos y condiciones para la expedición, renovación y modificación de las licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), tanto para personas naturales como jurídicas que presten servicios de SST.  
Algunas de las obligaciones de cumplimiento
  Para personas naturales
  • Formación académica válida: Contar con título técnico, tecnólogo, profesional o de posgrado en SST, expedido por institución de educación superior reconocida por el Ministerio de Educación.
  • Trámite digital obligatorio: Realizar la solicitud de expedición, renovación o cambio de licencia exclusivamente a través del aplicativo web del Ministerio.
  • Actualización de datos: Registrar o actualizar la información personal en el portal Mi Seguridad Social.
  • Renovación oportuna: Presentar la solicitud de renovación hasta tres (3) meses antes o después del vencimiento de la licencia.
    Para personas jurídicas
  • Licencia por sede: Solicitar una licencia por cada sede física en diferentes jurisdicciones.
  • Gestión digital: Radicar y gestionar todos los trámites a través del aplicativo web, incluyendo recursos administrativos.
 
Fechas y Plazos: Vigencia de licencias: 10 años, renovables por igual término.
   
Disposiciones de alto impacto
  • Centraliza todos los trámites (expedición, renovación y cambios de licencias) en una plataforma digital.
  • Las licencias de SST tiene validez en todo el territorio nacional, sin embargo, si una persona jurídica tiene sedes en diferentes jurisdicciones, debe tramitar una licencia por cada sede.
  • Toda la información de licencias se integrará al Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO).
  • Los docentes de programas académicos en SST no requieren licencia para ejercer la docencia.
 
Derogatorias y modificaciones: Se deroga la Resolución 754 de 2021, pero se mantiene vigente hasta el 15 de septiembre de 2025 para trámites ya radicados.
Minsalud, Resolución 908 de 2025, 15-mayo-2025

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