Registro anual de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST

De conformidad con el parágrafo 2 del artículo 28 de la resolución 312 de 2019, las autoevaluaciones y los planes de mejoramiento de las empresas se registrarán en la aplicación habilitada en la página web del Fondo de Riesgos Laborales hasta el 31 de enero de cada año, conforme a las siguientes indicaciones:
  1. Todos los años en diciembre las empresas, empleadores y contratantes deben realizar la autoevaluación y como resultado un plan de mejora de los estándares mínimos del año en curso y deben formular el plan anual del año siguiente.
  2. Se deberá registrar en la aplicación habilitada en la página web del Fondo de Riesgos Laborales antes del 31 de enero de cada año: (i) Autoevaluación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo del año inmediatamente anterior. (ii) Plan de mejora del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo resultado de la autoevaluación del año inmediatamente anterior.
  3. Se recuerda a las empresas, contratantes y ARL las responsabilidades en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 312 de 2019.
Circular 072 de 2021, MinTrabajo

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