Se reglamentan los límites para la cotización al sistema general de la seguridad social

De la norma, se destaca:
  1. Establece que la base de cotización será como mínimo (1) un salario mínimo mensual legal vigente, y máximo veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  2. Aquellos dependientes (empleados) que a su vez reciban ingresos como independientes deberán informar esta situación en los formatos que para tal fin establezca la SFC.
  3. El límite máximo de la base de cotización será superior a cuarenta y cinco (45) salarios mínimos legales vigentes, siempre y cuando, el crecimiento real de la economía colombiana sea superior al 4% durante tres años y el gasto fiscal sea inferior a dos (2) puntos porcentuales del PIB.
MinTrabajo, Decreto 2322 de 2022, 28-nov-2022

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