Reglamenta la equivalencia de la experiencia profesional previa de estudiantes

MinTrabajo reglamenta la equivalencia de la experiencia profesional previa de estudiantes, para que esta sea acreditable y válida en los procesos de inserción laboral en el sector privado. Del Decreto destaca:
  1. La experiencia obtenida en práctica laboral, contrato de aprendizaje, judicatura, monitoría, contrato laboral, contrato de prestación de servicios o grupos de investigación deberá computarse como experiencia profesional, siempre que cumpla con los requisitos.
  2. Dispone los requisitos para el cómputo de la experiencia profesional previa de estudiantes, que varían en atención al tipo de contrato o experiencia.
  3. En las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud, la experiencia se seguirá computando desde la inscripción o registro profesional.
MinTrabajo, Decreto 616 de 2021

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