Reglas para la aplicación de la contratación de mano de obra local en las inversiones y programas que se ejecuten en las regiones
Reglamenta la aplicación del artículo 80 de la Ley 2294 de 2023 y establece las reglas para la contratación de mano de obra local en las inversiones y programas que se ejecuten en las regiones del país, con el fin de promover el empleo, el desarrollo económico local y la participación de las comunidades en proyectos ejecutados en sus territorios. Obligaciones de cumplimiento normativo Contratación mínima de mano de obra local- Las inversiones y programas deberán contratar como mínimo el 50% de mano de obra local, calculado sobre el total de personas vinculadas directamente para la ejecución del proyecto o programa.
- La mano de obra local corresponde a las personas que acrediten residencia en la zona de contratación laboral mediante certificación expedida por la autoridad competente.
- La priorización de contratación de mano de obra local deberá gestionarse a través de los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo.
- Área de influencia o zona de contratación laboral.
- Municipios colindantes.
- Demás municipios del departamento o departamentos involucrados.
- Territorio nacional.
- Registrar y gestionar vacantes a través del Servicio Público de Empleo.
- Informar el municipio, distrito o zona de contratación laboral.
- Mantener publicadas las vacantes por un término mínimo de cinco (5) días hábiles.
- Reportar la selección o las razones técnicas de no selección de los candidatos remitidos.
- Informar oportunamente a la Unidad del Servicio Público de Empleo las zonas donde se desarrollarán las actividades.
- Llevar seguimiento a la contratación de mano de obra local por parte de contratistas y subcontratistas.
- Garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales tratados.
