Proyecta la obligación de promocionar los BEPS cuando la persona no cumpla los requisitos para acceder a la pensión en el SGP

MinTrabajo proyecta la obligación, en cabeza de las administradoras de fondos de pensiones informen a los afiliados la posibilidad de acceder a los BEPS cuando no tienen derecho a una pensión en el Sistema General de Pensiones. Del proyecto destaca:
  1. Se tendrá como prerrequisito para la devolución de saldos o indemnización sustitutiva que se cumplan con las condiciones dispuestas en la norma.
  2. Las AFP deberán identificar a los afiliados que en la siguiente vigencia alcanzarán la edad de pensión sin cumplir requisitos para obtenerla.
  3. Las AFP deberán informar a Colpensiones, en calidad de administradora de los BEPS, sobre las personas que cumplirán la edad de pensión sin requisitos para obtenerla.
  4. Se reglamenta el proceso de asesoría de promoción de BEPS por parte de Colpensiones y la solicitud de indemnización sustitutiva o devolución de saldos.
Ver Memoria Justificativa Se recibirán comentarios hasta el 22 de mayo de 2022
MinTrabajo, Proyecto de Decreto

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