Proyecta reglamentación del procedimiento, alcance y criterios para la aplicación de medidas preventivas por parte de las autoridades de inspección, vigilancia y control – Mintrabajo
Mintrabajo adicionaría un nuevo Capítulo 4 al Decreto 1072 de 2015 para regular de forma expresa el procedimiento, alcance y criterios bajo los cuales el Ministerio del Trabajo, a través de sus autoridades de Inspección, Vigilancia y Control (IVC), puede ordenar medidas preventivas inmediatas con el fin de evitar o detener la vulneración de derechos fundamentales de las personas trabajadoras.Aplicaría a: Empleadores públicos y privados; Personas naturales o jurídicas sujetas a inspección laboral; Personas trabajadoras, sin distinción del tipo de vínculo contractual.
Aplicaría en los ámbitos del derecho individual y colectivo del trabajo y de la seguridad social. Las medidas preventivas son órdenes administrativas inmediatas, temporales, idóneas y proporcionales, orientadas exclusivamente a evitar la vulneración o agravación de derechos fundamentales de las personas trabajadoras, cuando su afectación pueda constituir un perjuicio irremediable.Algunas de las obligaciones
Las empresas deberían, entre otros:- Cumplir de forma inmediata, integral y sin dilaciones las medidas preventivas ordenadas por la Inspección de Trabajo.
- Permitir la ejecución inmediata de las medidas, aun cuando se interponga recurso (no tienen efecto suspensivo).
- Colaborar con el seguimiento que realice la autoridad laboral (entrega de información, visitas de verificación, medidas complementarias).
- Contar con protocolos y mecanismos efectivos (no solo formales) frente a acoso, discriminación, violencia, riesgos graves y SG‑SST, para evitar la intervención directa del Ministerio.
El proyecto enuncia, entre otras, medidas como:
- Suspensión inmediata de actividades con riesgo grave o inminente.
- Reubicación temporal de personal.
- Separación o alejamiento temporal de presuntos agresores en casos de acoso laboral, acoso sexual o violencia basada en género.
- Exigencia de entrega inmediata de elementos de protección personal.
- Corrección urgente de condiciones físicas inseguras del lugar de trabajo.
- Garantía de acceso inmediato a atención médica o psicológica.
- Implementación urgente de medidas del SG‑SST.
- Suspensión de retiros voluntarios masivos para evitar la elusión de autorizaciones del Ministerio.
- Suspensión de actos discriminatorios o de persecución sindical.
