Proyecta las condiciones referentes a la inscripción para el ejercicio de intermediación de seguros en el ramo de riesgos laborales

Se derogarían las Resoluciones 4247 del 2016 y 5263 de 2017 para actualizar la normatividad vigente respecto al Registro Único de Intermediarios del Sistema General de Riesgos Laborales como instrumento para el registro de inscripción, actualización y/o renovación ante el MinTrabajo de los agentes, agencias y corredores de seguros. De su contenido se destaca:
  1. El registro de inscripción para ejercer la labor de intermediación en el ramo de Riesgos Laborales tendrá una vigencia de 4 años.
  2. Las ARL deben velar por el cumplimiento con los requisitos de idoneidad de agentes y agencias.
  3. Los tipos de registro en el Formulario Único de Intermediarios de Seguros en el Ramo de Riesgos Laborales, será: (i) diligenciado; (ii) actualización; (iii) desistido; (iv) de retiro.
  4. Establece el contenido mínimo del curso de conocimientos específicos sobre el SGRL que las Instituciones Técnicas, Tecnológicas y Universitarias deben tener en sus programas para acreditar la idoneidad profesional.
Se recibirán comentarios hasta el 23 de noviembre de 2023.
(MinTrabajo, Proyecto de Decreto, 08-nov-23)

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