Regularía la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales, el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales

Pretende regular la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales, así como el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales, con alcance a todos los trabajadores y trabajadoras del país. De su contenido se destaca: Riesgos y Oportunidades
  • Riesgos: Exposición a factores de riesgo ocupacionales, enfermedades laborales, y condiciones de trabajo que puedan afectar la salud de los trabajadores.
  • Oportunidades: Mejora de las condiciones de salud y seguridad en el trabajo, prevención de enfermedades laborales, y promoción de un entorno laboral seguro y saludable.
Obligaciones de Cumplimiento Normativo
  • Empleadores y Contratantes: Asumir costos de evaluaciones médicas, programar evaluaciones periódicas, implementar sistemas de vigilancia epidemiológica, y adaptar condiciones de trabajo según recomendaciones médicas.
  • ARL: Brindar asesoría técnica, Apoyar a las empresas aliadas el fomento de estilos de trabajo y de vida saludables, Desarrollo de programas regulares de promoción, prevención y control de riesgos laborales.
  • Prestadores de Servicios de Medicina de Seguridad y Salud en el Trabajo: Garantizar condiciones óptimas de infraestructura, prestar servicios de calidad, y respetar la confidencialidad de la historia clínica ocupacional.
Fechas y Plazos para Cumplir con las Obligaciones
  • Evaluaciones Médicas de Egreso: Deben realizarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la terminación de la relación laboral.
  • Adaptación de Condiciones de Trabajo: Debe realizarse en un término no superior a diez días hábiles después de las evaluaciones médicas ocupacionales.
Sanciones y Multas
  • Incumplimiento: Acarrea sanciones para trabajadores, empleadores, contratantes, ARL, y EPS, conforme a las disposiciones legales vigentes.
  • Pruebas de Embarazo: Multa de hasta 2455 Unidades de Valor Tributario (UVT) por exigir pruebas de embarazo en contra de lo establecido.
Otras disposiciones
  • Medidas Antidiscriminatorias: Prohibición de exigir pruebas de embarazo, VIH y serología como requisito para el acceso o permanencia en cualquier actividad laboral.
  • Evaluaciones Médicas Específicas: Obligación de realizar evaluaciones según los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador.
Derogatorias
  • La resolución derogaría las resoluciones 2346 de 2007, 1918 de 2009, 1075 de 1992 y la 4050 de 1994 y demás normas que le sean contrarias.
Otros Aspectos Importantes
  • Historia Clínica Ocupacional: Debe ser custodiada por los prestadores de servicios de medicina de seguridad y salud en el trabajo, y no puede ser anexada a la hoja de vida del trabajador.
  • Diagnóstico de Salud: Debe ser entregado al empleador y utilizado para implementar medidas de mejora en la calidad de vida de los trabajadores.
  Se recibirán comentarios hasta el 11 de marzo de 2025.
(MinTrabajo, Proyecto de Resolución)

Descargue el proyecto