Adopta el reglamento de higiene y seguridad para la prevención y el control del riesgo por exposición a sílice cristalina respirable

Por medio de la presente resolución se adopta el reglamento de higiene y seguridad para la prevención y el control del riesgo por exposición a sílice cristalina respirable, con el fin de reducir la exposición al polvo de sílice cristalina respirable en los lugares o actividades de trabajo en donde este se pueda dar y para establecer mecanismos de control factibles y razonables para reducir la exposición ocupacional a sílice cristalina respirable. De su contenido se destaca:
  1. Se establecen obligaciones para las ARL, como: disponer de personal con conocimientos necesarios para asesorar técnicamente e informar a las empresas afiliadas y capacitar, asesorar y asistir a trabajadores, contratistas, empleadores y estudiantes sobre la aplicación de este reglamento.
  2. Fija obligaciones para trabajadores, contratistas, empleadores y proveedores, entre otros.
  3. Las IPS de salud ocupacional con licencia en seguridad y salud en el trabajo vigente, tendrán un término no superior a 24 meses para: (i) contar con el personal capacitado conforme a la presente resolución; (ii) obtener la acreditación específica en los métodos utilizados para el análisis de sílice cristalina respirable.
  4. El programa de prevención por probable exposición a sílice cristalina respirable contenido en el anexo técnico se debe implementar en un plazo no mayor a 24 meses.
(MinTrabajo, Resolución 2467 de 2022, 01-jul-22)

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