Insta a la devolución de los mayores valores girados en virtud del Programa de Auxilio para Trabajadores Suspendidos

MinTrabajo, al descubrir un error operativo que conllevó el giro de transferencias monetarias no justificadas, en el marco del Programa de Auxilio para Trabajadores Suspendidos, ordena el reintegro de estos recursos públicos. De la norma destaca:
  1. Ordena a los establecimientos bancarios efectuar el débito de los recursos consignados en los productos de depósito de las personas dispuestas en el anexo.
  2. Si el saldo de los productos resulta insuficiente, se realizarán débitos parciales hasta por 10 días hábiles. Si aún así resulta insuficiente, el empleador deberá, previa solicitud de MinTrabajo, realizar descuentos de nómina.
  3. El débito de los recursos tendrá prelación sobre cualquier otra autorización de débito de recursos, salvo embargo ordenado por autoridad judicial competente.
  4. Los empleadores deberán remitir al MinTrabajo la información de contacto de las personas beneficiarias de los recursos sin justa causa.
  5. Las personas beneficiarias de los recursos sin justa causa tendrán 10 días hábiles para el reintegro del mayor valor pagado.
MinTrabajo, Resolución 2562 de 2021

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