Modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector de Planeación Nacional en lo relacionado con el Registro Único de Proponentes (RUP)

Para efectos de la inscripción en Registro Único de Proponentes, el interesado deberá reportar a partir del 01 de junio de 2021 la información contable correspondiente a los últimos 3 años fiscales anteriores al respectivo acto. Los requisitos e indicadores de capacidad financiera y organizacional corresponderán a los 3 años fiscales anteriores a la inscripción o renovación. De otra parte, a partir del 01 de julio de 2021 las Entidades Estatales establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional de acuerdo con la información que conste en el RUP.
DNP, Decreto 579 de 2021

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