Comunicación a 6942 - Adecuaciones

  • Continuar prestando los servicios que usualmente prestan en forma remota, como ser constitución de plazos fijos, otorgamiento de financiaciones y los servicios relacionados con el sistema de pago; y acreditaciones de depósitos en efectivo por cajeros automáticos, terminales de autoservicio, empresas transportadoras de caudales, buzones de depósito y por los medios pactados cuando se trate de depósitos en efectivo por montos mayores efectuados por clientes comprendidos en los incisos 11, 18 y 23 del artículo 6°del Decreto N°297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.
  • Entre el 20/03/2020 y el 25/03/2020 inclusive no habrá compensación electrónica de cheques, por lo que las sesiones de compensación se reanudarán el 26/03/2020. Este lapso de días no computará para el vencimiento del plazo de 30 días para la presentación de los cheques.