Lineamientos para la administración de expedientes y comunicaciones oficiales.

Se establece que las entidades de la administración pública y las entidades privadas que cumplen funciones públicas deben evitar el retiro de expedientes de sus instalaciones físicas; salvo, cuando por razones justificadas y para el cumplimiento de la función pública sea estrictamente necesario contar con el documento. Igualmente, las entidades deben establecer los procedimientos y protocolos para el manejo de las comunicaciones oficiales, determinado entre otros aspectos los siguientes:
  • Criterios de recepción, registro, horarios flexibles, entrega, alistamiento, distribución y entrega final.
  • Dar a conocer en su página web los canales oficiales de comunicación e información las peticiones.
  • Definición de responsables para proyectar, elaborar, firmar, dar trámite y realizar la organización.
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