Tratamiento de los recursos de subsidios girados por el Estado en el marco del Programa Ingreso Solidario.

Se establece que es una práctica ilegal cobrar a los beneficiarios del Programa Ingreso Solidario cualquier comisión o tarifa por el retiro o disposición de las transferencias allí previstas, y por lo tanto deberá ser suspendida de manera inmediata. Las entidades financieras que hayan aplicado débito automático o cobro de saldos de obligaciones a un beneficiario del programa Ingreso Solidario deberán reintegrar el valor descontado dentro del día hábil siguiente.
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