Suspensión de términos de prescripción y caducidad en procesos adelantados ante la rama judicial o ante tribunales de arbitramento.

Los términos de prescripción y de caducidad previstos en cualquier norma sustancial o procesal para ejercer derechos, acciones, medios de control o presentar demandas ante la rama judicial o ante tribunales arbitrales, sean días, meses o años, se encuentran suspendidos desde el 16 de marzo de 2020 hasta el día que el Consejo Superior de la Judicatura disponga la reanudación de los términos judiciales. Adicionalmente se suspenden los términos procesales de inactividad para el desistimiento tácito y los términos de duración del proceso, los cuales se reanudarán un mes después, contado a partir del día siguiente al del levantamiento de la suspensión que disponga el Consejo Superior de la Judicatura.
Documento

Descarga documento oficial emitido.