Protocolo de bioseguridad para piscinas

MinSalud profiere el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de COVID-19 en los establecimientos e inmuebles con piscinas, el cual se entenderá complementario al protocolo general establecido en la Resolución 666 de 2020, MinSalud. Este protocolo resulta aplicable a:
  1. Piscinas de uso colectivo abiertas al público;
  2. Piscinas de uso restringido no abiertas al público (clubes, condominios o conjuntos residenciales);
  3. Piscinas de propiedad unihabitacional; y,
  4. Piscinas de uso especial (terapéuticas, termales y otras).
Resolución 1547 de 2020, MinSalud

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