Se autoriza a la ADRES a realizar giro previo y directo del 25% del valor radicado por servicios y tecnologías NO UPC del régimen contributivo

MinSalud autoriza a la ADRES a realizar un giro previo equivalente al 25% del valor radicado por servicios y tecnologías no UPC del régimen contributivo prestados a 31 de diciembre de 2019, que con corte al 30 de noviembre de 2020 hayan sido radicados y cuyo proceso de auditoría integral se encuentra en curso, o que se encuentre legalizado; esto, con el objeto de optimizar el flujo de recursos en el SGSSS. Los recursos que resulten aprobados por este mecanismo serán girados directamente por la ADRES a los prestadores y proveedores que las entidades recobrantes determinen.
Decreto 1649 de 2020, MinSalud

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