Implementación de un procedimiento temporal para la importación de mercancía bajo la modalidad especial de envío de socorro (ayuda y asistencia humanitaria).

La cual contempla las siguientes medidas:
  1. Autorizar temporalmente la implementación del procedimiento de la importación de mercancía bajo la modalidad especial de envío de socorro (ayuda y asistencia humanitaria).
  2. Aplicar este procedimiento a las siguientes mercancías: vehículos y otros medios de transporte, alimentos, medicinas, ropa, frazadas, carpas, casas prefabricadas, artículos para purificar y almacenar agua, u otras mercancías de primera necesidad y/o cualquier mercancía enviada como ayuda para las personas afectadas con motivos de la emergencia nacional decretada. Asimismo, los equipos, vehículos y otros medios de transporte, provisiones, suministros, efectos personales y otras mercancías para el personal que les permita cumplir sus funciones durante todo el tiempo que dure su misión.Igualmente, las vacunas y medicamentos; órganos, sangre y plasma humanos; aparatos médico-clínicos; material radioactivo y materias perecedera de uso inmediato o indispensable para una persona o centro hospitalario.
  3. La ANA se reserva la facultad de regular este procedimiento.
  4. El formulario que habilite la ANA para este procedimiento tendrá un término de duración de 6 meses.