Medidas por el Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE) y la forma en que serán otorgadas a los beneficiarios.

El Gobierno ha indicado que realizará un aporte de mínimo de RD$5,000 y un máximo de RD$8,500:
De acuerdo al salario reportado a la Tesorería de Seguridad Social (TSS) para el mes de febrero 2020, FASE le entregará al trabajador suspendido una suma mensual que corresponde al 70% del salario ordinario del trabajador la cual nunca será menor de RD$5,000.00 ni mayor a RD$8,500.00. Los mencionados aportes no están sujetos a retenciones de ningún tipo ni serán considerados computables para el salario numero 13 o para la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) El indicado Decreto plantea que el pago del completivo del salario quedará a la facultad de la empresa y si tiene las posibilidades de realizarlo. El pago del beneficio se realizará de manera quincenal para los trabajadores cuyos empleadores realizaron el proceso de aplicación correctamente. FASE tendrá vigencia transitoria por un máximo de 60 días computados a partir de la fecha del presente comunicado. Las empresas que no podrán beneficiarse del FASE son las que pertenecen a estos sectores:
  • Supermercados, colmados, farmacias y cualquier establecimiento comercial dedicado al expendio de alimentos crudos, medicamentos y productos de higiene.
  • Empresas de logística, distribución y transporte de materias primas y productos terminados para industria, agroindustria y alimentos.
  • Empresas de agricultura, ganadería y pesca.
  • Industrias de alimentos.
  • Empresas de seguridad privada.
  • Explotación de minas y canteras.
  • Almacenes de expendio de distribución de alimentos, productos farmacéuticos y agroindustriales.
  • Sector financiero, administradoras de fondos de pensiones, administradoras de riesgos laborales y sector seguros.
  • Multimedios.
  • Generadores de energía.
  • Sector salud.
  • Universidades.
  • Telecomunicaciones.
  • Organizaciones sin fines de lucro que ya reciben transferencias del Gobierno central.
El Decreto número 143-20, implanta formas en que algunas empresas que no han suspendido los contratos de trabajo puedan beneficiarse del FASE, a saber:
  • Para aquellas empresas que continúan operando sin suspender a los trabajadores pueden obtener acceso a los fondos de FASE siempre y cuando cuenten con el permiso por parte del Ministerio de Trabajo para seguir operando. El aporte para este sector será de un máximo de RD$5,000.00 y el monto restante del salario deberá ser pagado por la empresa.
  • Para poder solicitar este beneficio las empresas deberán estar al día en las cotizaciones en la Tesorería de la Seguridad Social y se compromete a continuar realizando y cumpliendo con sus obligaciones laborales regulares.
  • No pueden contar con ningún trabajador suspendido dentro de mes, en caso de que así sea, deberán acogerse al FASE de manera normal.
  • El Ministerio de Trabajo podrá autorizar la participación de empresas que se encuentren cerradas sin suspender a sus trabajadores para beneficiarse del FASE.