Se exhorta a las empresas propietarias y/o que administren locales comerciales de gran porte el cierre preventivo y provisorio de los mismos

Se exhorta a las empresas propietarias y/o que administren locales comerciales de gran porte (Shopping Center) el cierre preventivo y provisorio de los mismos, excluyendo los locales de venta de alimentos y productos sanitarios (supermercados y farmacias) y, locales que prestan servicios financieros o de salud, hasta que el Poder Ejecutivo lo determine. https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2020/resoluciones/03/msp_11.pdf