Poder Ejecutivo

Se establece el otorgamiento por parte de la Provincia de Córdoba, de avales, fianzas o cualquier otro tipo de garantía a favor de empresas “mipymes” (micro, pequeñas y medianas empresas), que no califiquen como sujetos de préstamo de acuerdo a las disposiciones bancarias y/o financieras que rigen el sector, por créditos que soliciten en bancos en la Provincia de Córdoba, y en el marco de la emergencia sanitaria establecida por Ley N° 10.690 y demás normas dictadas en el mismo sentido. ESTABLÉCESE que la operatoria descripta en el artículo anterior será hasta cubrir la suma de Pesos Cuatro Mil Millones ($ 4.000.000.000).