En Barranquilla, por medio del cual se regula la atención al público en la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad vial.

En la atención deberá efectuarse al máximo el uso de la tecnología de la información y de las telecomunicaciones. Cuando la circunstancia de la actuación administrativa lo amerite, podrá citarse en alguna de las sedes del Organismo de Tránsito a los ciudadanos, garantizando de forma estricta como mínimo las medidas establecidas.
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