Se establece pico y placa para abastecimiento y tramites bancarios

  • Se modifica el pico y placa establecido para comprar bienes de primera necesidad, el cual de ahora en adelante será así: lunes: cedulas terminadas en 1 y 2; martes: 3 y 4; miércoles: 5 y 6; jueves: 7 y 8; viernes: 9 y 0, esta medida también aplica para el acceso a establecimientos bancarios
  • Los establecimientos de comercio deben establecer un sistema de registro y control de las ventas realizadas y entre las 3 p.m. hasta las 5 p.m. operará únicamente bajo modalidad de ventas a domicilio
Documento

Descarga Documento Oficial Emitido