En Cúcuta, se adoptan beneficios temporales en materia tributaria.

Se adoptan las disposiciones contenidas en el Decreto 678 de 2020 respecto a beneficios temporales en aspectos tributarios del municipio de San José de Cúcuta, de las cuales se destaca el alivio para la recuperación de cartera por concepto de impuestos, tasas, contribuciones y multas; y la terminación de procesos en sede administrativa y judicial. La primera medida es para los contribuyentes y deudores que a la entrada en vigencia del Decreto 678 del 20 de mayo de 2020 tuvieran impuestos, tasas, contribuciones y multas pendientes de pago. El alivio consiste en que hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones; entre el 1 de noviembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre se pagará el 90% del capital sin intereses ni sanciones y entre el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021 se pagará el 100% sin intereses ni sanciones. En cuanto al alivio de terminación de procesos en sede administrativa y judicial, se indica que las causales para que proceda esta terminación son el desistimiento en cualquier estado del proceso y el pago realizado en los términos del alivio ya mencionado para el pago de impuestos y multas pendientes
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