Adopta medidas para evitar la propagación del Covid-19

De su contenido destacamos:
  • Se adoptan medidas con la finalidad de velar por la seguridad y salvaguarda de la salud pública. Se restringe la circulación de personas por vías y lugares públicos, así como lugares privados abiertos al público, de acuerdo con el ultimo dígito de su número de cédula de ciudadanía, como medida para garantizar el aislamiento preventivo obligatorio.
  • Las acciones de adquisición de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, desplazamiento para acceder a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago y servicios notariales y el desplazamiento para acceder a servicios postales, de mensajería, de radio, televisión, prensa y adquisición tecnologías de la información, solo se podrán ejercer en las fechas que se disponen en el Decreto.
  • No operará esta medida para quienes se encuentran exceptuados de conformidad con el Decreto 457 proferido por el Gobierno Nacional.
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