En Atlántico, se imparten órdenes e instrucciones para la debida ejecución de la medida de aislamiento.

Prorrogar el aislamiento preventivo obligatorio desde el 11 de mayo a partir de las (00:00) horas hasta las (00:00) del día 25 de mayo. Se prohíbe la circulación de todas las personas y vehículos y del consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio. Se mantienen las mismas excepciones de circulación para personas y vehículos, incluidas las actividades aperturadas con el aislamiento preventivo inteligente ordenado por el Gobierno Nacional. Las personas que desarrollen las actividades exentas deberán acreditarlo con el certificado laboral. Se garantiza el transporte público terrestre, fluvial y marítimo de que sean estrictamente necesarios para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del COVID 19. Se sostiene medida de circulación para adquisición de alimentos y utilización de servicios. Se velará por qué no se impida o restrinja el ejercicio del personal médico y en general del servicio de salud. Los alcaldes de los municipios sin afectación del Coronavirus COVID-19, podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio en su territorio.
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