PDL 16475-05 Prorroga la entrada en vigencia de la ley N° 21.553, que regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten

Proyecto de Ley   Artículo Único: Sustitúyase el inciso primero del artículo primero transitorio de la ley Nº21.553, que regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten, por el siguiente: “El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dispondrá de doce meses para dictar el reglamento a que se refiere esta ley, contados desde la publicación de ésta en el Diario Oficial, la que a su vez comenzará a regir en los noventa días posteriores a la total tramitación y publicación del referido reglamento. Los efectos de la presente ley y de su reglamento no modificarán las condiciones establecidas en las licitaciones, perímetros de exclusión y condiciones de operación de taxis, en cualquiera de sus modalidades, convocadas con anterioridad a la fecha de su entrada en vigencia.”.