PDL Boletín N° 12224-03 Modifica la ley N°19.496, que Establece Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para exigir el consentimiento del consumidor en la recepción de promociones y publicidad telefónica

Proyecto de Ley    Artículo Único: efectúense las siguientes modificaciones al artículo 28 B de la ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores:  
  • Reemplácese el actual inciso segundo, por el siguiente: “Estará prohibido a los proveedores dirigir comunicaciones publicitarias y/o promocionales mediante llamados o mensajes telefónicos, sin que el destinatario lo haya solicitado expresamente. Cometerá infracción a la presente ley, aquel proveedor que sin la debida autorización dirija los señalados llamados o mensajes.”
 
  • Agréguese un nuevo inciso tercero, del siguiente tenor: “Los proveedores podrán siempre disponer servicios de llamados o mensajería telefónicos para fines promocionales y/o publicitarios, a los cuales podrá acceder cualquier consumidor, cliente o interesado, solicitando de manera expresa su inclusión como destinatario de las comunicaciones. Asimismo, el destinatario podrá solicitar sin más la suspensión de dichos llamados o mensajes, cuando así lo desee. Solicitada ésta, el envío de comunicaciones quedará prohibido.”
PDL Boletín N° 12224-03 Modifica la ley N°19.496, que Establece Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para exigir el consentimiento del consumidor en la recepción de promociones y publicidad telefónica

Modifica la ley N°19.496, que Establece Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para exigir el consentimiento del consumidor en la recepción de promociones y publicidad telefónica.