PROYECTO DE LEY

Artículo único.-

Las empresas de 200 o más trabajadores elaborarán un informe anual sobre el estado de la equidad de género al interior de la organización y las medidas adoptadas en su favor. Dicho informe contemplará al menos el porcentaje de participación de mujeres dentro de la organización, indicadores sobre su participación en cargos de responsabilidad, medidas para la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, y de brecha salarial, en caso de existir. Igualmente las empresas de 50 o más trabajadores pertenecientes al sector minero, de la investigación y desarrollo, financiero, de la energía, del transporte y la construcción deberán confeccionarán dicho informe. Durante el mes de enero de cada año el informe deberá ser comunicado al Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género, y mantenerlo a disposición permanente del público en los respectivos sitios electrónicos de las empresas.

IDEAS MATRICES La presente moción tiene por objeto promover la inclusión de las mujeres en el ámbito laboral, especialmente en las grandes empresas y en medianas de sectores de la economía en que han sido tradicionalmente excluidas, mediante la elaboración de un informe anual sobre el estado de la equidad de género al interior de la organización y las medidas adoptadas en su favor, y la publicación permanente de dicha información para la consulta de postulantes a puestos de empleo, consumidores y la población en general, entre otras medidas.