PDL N°16413-15 Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para exigir la realización de exámenes médicos anuales a los conductores de vehículos de transporte público de pasajeros

IDEA MATRIZ Modificar la Ley de Tránsito para establecer la obligatoriedad de los conductores de transporte público de pasajeros de la realización anual de exámenes médicos preventivos con la finalidad de mejorar la seguridad vial y la seguridad propia y de los pasajeros que utilizan este tipo de transporte de pasajeros. Asimismo, establece la necesidad que la autoridad competente regule la realización, requisitos, formas y condiciones que deberán cumplirse por parte de los conductores para realizar sus funciones de manera igualitaria y no arbitraria. PROYECTO DE LEY ARTÍCULO ÚNICO.- Incorpórese en el Artículo 85 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, un inciso segundo nuevo del siguiente tenor: “Asimismo, los conductores de locomoción colectiva de pasajeros estarán obligados a la realización anual de un chequeo preventivo de salud que determine su capacidad para conducir vehículos motorizados de transporte de pasajeros en las formas y condiciones que establezca un reglamento dictado por la autoridad competente, el que requerirá ser practicado por un médico cirujano.”.