Se dictan directrices para la actualización de los decretos únicos reglamentarios por sector

La Presidencia de la República reitera directrices a ministerios y departamentos administrativos para que estos mantengan actualizados los Decretos Únicos Reglamentarios de cada sector. De las directrices resalta:
  1. Todos los Decretos Únicos Reglamentarios sectoriales deben aparecer como documentos principales y contar con hipervínculos para acceder a las normas compiladas.
  2. Las modificaciones a los decretos únicos reglamentarios sectoriales deben reflejarse en el documento central dentro de los 15 días siguientes a la expedición de la norma modificatoria. Lo mismo para las decisiones judiciales.
  3. Todos los documentos deben ser publicados en formato que permita edición y búsqueda.
Presidencia, Circular 002 de 2021

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