Crea y reglamenta la Comisión Nacional y las Comisiones Departamentales, Distritales y Municipales para procesos electorales.

Presidencia, con el fin de proteger el ejercicio de derecho al sufragio, otorgar plenas garantías a los ciudadanos en el proceso electoral, a Comisión Nacional y las Comisiones Departamentales, Distritales y Municipales para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales. De su contenido se destaca:
  • Creación de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales: Orientada a coordinar las actuaciones necesarias para asegurar y garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales, el cumplimiento de las garantías electorales y la salvaguarda de los derechos y deberes de los partidos y movimiento políticos.
 
  • Se crean la Comisión Distrital para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales y la Comisión Municipal para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales.
  • Funciones de las comisiones: Se destacan:
  1. Propiciar el cumplimiento de las garantías electorales en las elecciones.
  2. Hacer seguimiento a los procesos electorales.
  3. Coordinar con las autoridades competentes, la agilización del trámite de las investigaciones penales, disciplinarias, fiscales y otras acciones públicas por infracciones en contra del proceso electoral.
  4. Promover el respeto al pluralismo, la imparcialidad y el equilibrio informativo en relación con la publicidad, la propaganda y las encuestas políticas.
Presidencia, Decreto 0800 de 2025, 10-jul-25

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