Declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional

Declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública durante treinta (30) días calendario en los departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre, con el fin de conjurar la crisis ocasionada por el sismo ocurrido el 10 de agosto de 2026 y evitar la extensión de sus efectos. Disposiciones relevantes Finanzas públicas y recursos
  • Posibilidad de obtener recursos adicionales mediante fuentes no tributarias, donaciones, fondos especiales y recursos de capital.
  • Posible utilización de recursos del Sistema General de Regalías para atender la emergencia.
  • Uso de recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE) como fuente de financiamiento mediante préstamos.
  • Reasignación temporal de recursos de fondos especiales nacionales.
Tributario
  • Alivios tributarios, aduaneros y cambiarios temporales.
  • Ampliación y flexibilización del mecanismo de Obras por Impuestos para municipios afectados.
Trabajo y protección social
  • Medidas extraordinarias para proteger empleos y trabajadores afectados.
  • Posible apoyo temporal para salarios y aportes.
  • Transferencias extraordinarias para trabajadores independientes damnificados.
  • Medidas para facilitar el cumplimiento de obligaciones frente al Sistema de Protección Social y parafiscales.
Salud y seguridad social
  • Garantía de continuidad de afiliación y prestaciones del Sistema de Seguridad Social.
  • Adopción de mecanismos extraordinarios para asegurar la capacidad operativa del sistema de salud.
Sector financiero
  • Líneas especiales de crédito con tasas subsidiadas y periodos de gracia extraordinarios.
  • Ajustes temporales a la regulación financiera y del mercado de valores.
  • Fortalecimiento de instrumentos del Grupo Bicentenario mediante transferencias presupuestales.
Transporte, energía y telecomunicaciones
  • Medidas excepcionales para la recuperación de infraestructura energética.
  • Apoyos para sistemas integrados y estratégicos de transporte.
  • Flexibilización sectorial para garantizar la continuidad de telecomunicaciones.
Vivienda
  • Flexibilización del régimen de subsidios de vivienda.
  • Medidas extraordinarias de arrendamiento temporal.
  • Ajustes excepcionales en licenciamiento urbanístico y ordenamiento territorial.
Justicia
  • Régimen excepcional de reparto y redistribución nacional de procesos urgentes.
  • Medidas especiales para tutela, hábeas corpus, libertades y actuaciones relacionadas con personas privadas de la libertad.
(Presidencia, Decreto 1261 de 2026, 19-ago-26)

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