Segunda ronda de comentarios: Proyecto sobre instrucciones para la gestión del riesgo de conductas dentro del Sistema Integral de Administración de Riesgos (SIAR)
La Superintendencia Financiera
publica para segunda ronda de comentarios el proyecto de Circuar Externa que proyecta incluir
el Riesgo de Conductas dentro del Sistema Integral de Administración de Riesgos (SIAR), mediante la creación del
Sistema de Administración del Riesgo de Conductas (SARCO).
Aplicaría a
todas las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, con excepción de las expresamente señaladas en el numeral 1.2.1 del Capítulo XXXI del SIAR (p. ej. holdings sin actividad financiera directa, SEDPE, oficinas de representación, reaseguradoras del exterior, INFIS)
Las entidades deberían
diseñar, implementar y mantener un sistema específico de gestión del riesgo de conductas que incluya, como mínimo, los siguientes componentes:
- Identificación de riesgos de conductas.
- Evaluación y análisis de probabilidad e impacto.
- Control y mitigación.
- Monitoreo y revisión periódica.
- Registro, reporte y comunicación
Principios obligatorios: La gestión del SARCO debe regirse, como mínimo, por:
Trato justo al consumidor financiero,
Transparencia del mercado,
Integridad del mercado,
Cultura organizacional ética.
Algunas de las obligaciones:
- Política de gestión del riesgo de conductas:
Debe ser
aprobada por la Junta Directiva, Integrarse al
marco de gobierno corporativo, Articularse con otros sistemas (SARLAFT, SAGRILAFT, SARO, control interno),
sin sustituirlos ni duplicarlos
-
Canal de denuncias
Obligación expresa de contar con un
canal de denuncias eficaz, que garantice:
- Confidencialidad.
- Anonimato.
- Trazabilidad.
- Independencia funcional.
- Retroalimentación al denunciante
-
Reportes y registros
- Mantener registro interno permanente de eventos de riesgo de conductas.
- El registro debe estar disponible para la SFC cuando sea requerido.
- No se crean reportes nuevos adicionales a los ya existentes en el SIAR, pero sí se integra el riesgo de conductas al reporte consolidado
Fechas y plazos
- Dentro de los 6 meses: Aprobación de la política SARCO por Junta Directiva, designación de responsables, incorporación inicial en manuales internos.
- Dentro de los 12 meses: Implementación de procedimientos de identificación, evaluación, control y monitoreo, inclusión en el Marco de Apetito de Riesgo (MAR), capacitación del personal.
- Dentro de los 18 meses: Implementación plena de sistemas de información., indicadores de riesgo de conductas, reporte integrado a la SFC.
Vigencia: Sería a partir de su publicación, sin perjuicio de los plazos del régimen de transición.
Modificaría y adicionaría el Capítulo XXXI del SIAR de la Circular Básica Contable y Financiera.
Ver Anexo < Importante su revisión
Se reciben comentarios hasta el 13 de marzo