Reducción de sanciones e intereses en deudas con la UGPP

Se reglamenta el beneficio establecido en la ley de inversión social de disminución de sanciones e intereses en las deudas con la UGPP.  En ese orden, se destaca:
  1. Son objeto de la reducción las obligaciones que presenten morar a 30 de junio de 2021 cuyo incumplimiento se haya ocasionado como consecuencia del Covid-19. Entre otras:
    1. Determinadas con acto administrativo y en mora a 30 de junio de 2021.
    2. Se encuentren en proceso de cobro administrativo y en mora a 30 de junio de 2021.
    3. Saldos de obligaciones en mora y facilidades de pago incumplidas a 30 de junio de 2021.
    4. Obligaciones con sentencia judicial en firme y que se encuentren en proceso de cobro.
  2. El pago de la obligación debe ser realizado a través de la planilla “O” del PILA.
  3. Si presentan pagos en exceso se podrá solicitar la devolución de lo pagado en exceso.
  4. Se pueden suscribir acuerdos de pago hasta el 31 de diciembre de 2021 a los cuales se les mantendrá la tasa moratoria reducida.
UGPP, Resolución 1240 de 2021, 18-nov-2021

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