Modificación de los Topes para Tenencias de Inversiones Contabilizadas a Valor Técnico

El día 16 de junio de 2023 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Nro. 277/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante la cual se dispone, hasta el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2024, la modificación de los topes previstos en las tenencias de inversiones contabilizadas a valor técnico de aseguradoras y reaseguradoras. En ese sentido, para las entidades que operen en seguros de retiro y vida con ahorro, la tenencia de inversiones contabilizadas a valor técnico no podrá exceder el 80% de su cartera de inversiones, excluidos los inmuebles. En tanto, para las aseguradoras que operen en el resto de los ramos y las reaseguradoras, la tenencia de inversiones contabilizadas a valor técnico no podrá exceder el 70% de su cartera de inversiones, excluidos los inmuebles. Asimismo, también se establece que los títulos públicos nacionales, títulos públicos provinciales y obligaciones negociables que al 30 de junio de 2023 se encuentren valuados a valor técnico de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la Resolución Nro. 441/2022, podrán continuar utilizando dicho criterio de valuación hasta el cierre del ejercicio contable finalizado el 30 de junio de 2024. El detalle de las inversiones que se mantendrán de esta manera valuadas deberá ser informado en notas a los estados contables finalizados el 30 de junio 2023, así como también en los sucesivos cierres trimestrales. La Resolución entra en vigencia a partir del día 16 de junio de 2023 y hasta el ejercicio contable finalizado el 30 de junio de 2024.
Resolución Nro. 277/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación

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