Se reglamenta la Contribución Parafiscal para el Turismo

Esta normativa reglamenta la contribución parafiscal para el turismo de la que trata la ley 2068 de 2020. En ese orden de esa reglamentación, se destaca:  
  1. El período de la contribución es trimestral, se liquidará y pagará sobre períodos vencidos.
  2. El pago de la contribución se debe realizar en la cuenta del Fondo Nacional de Turismo.
  3. FONTUR tendrá las facultades de administración, cobro, determinación de liquidaciones privadas de los aportantes, proferir liquidaciones, entre otras.
  4. Se establece el procedimiento que debe seguir FONTUR para ejercer el cobro de la contribución ante incumplimiento en el pago de la misma.
  5. La norma no establece los sectores específicos a los cuales aplica la contribución.
MinCit, Decreto 1338, 21-oct-2021

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