Instrucciones para la transición desde la tasa LIBOR

La SuperFinanciera ordena a las entidades vigiladas -que operen con la tasa LIBOR- continuar con la planificación tecnológica, operativa, financiera y jurídica para mitigar los impactos del proceso de transición. De la Carta resalta:
  1. Entre las expectativas del ente de control destaca la identificación de los contratos relacionados, el análisis de las implicaciones de la imposibilidad de pactar una nueva tasa en contratos existentes, análisis de posibilidades alternativas en contratos nuevos, la divulgación de los riesgos, entre otras.
  2. Para el reporte de información, se modifica el anexo “Códigos tasas y curvas de referencia”. Ver aquí.
SuperFinanciera, Carta Circular 040 de 2021

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