Instrucciones relativas a los regímenes de autorización de las inversiones de capital de los holdings financieros

La SuperFinanciera crea un régimen de autorización general y un régimen de autorización individual para las inversiones de capital de los holdings financieros. De la Circular Externa resalta:
  1. Determina el régimen de autorización de las inversiones de capital, directas o indirectas, que pretendan realizar los holdings financieros en entidades financieras, de seguros y del mercado de valores.
  2. Establece el trámite de autorización general.
  3. Consagra que un régimen de autorización individual para aquellas inversiones de capital directas o indirectas que pretenda realizar el holding financiero en entidades financieras, de seguros y del mercado de valores (incluida capitalización de utilidades).
Ver Anexo
SuperFinanciera, Circular Externa 009 de 2021

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