Imparte Instrucciones para la Gestión de Riesgos Ambientales y Sociales, incluidos los climáticos
La Circular establece instrucciones para la gestión de riesgos ambientales y sociales, incluido el climático, en las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Busca fortalecer la identificación, medición, control y monitoreo de estos riesgos, promoviendo una banca responsable y resiliente frente a los desafíos ambientales y sociales. Obligaciones de Cumplimiento- Gestión Integral de Riesgos: Las entidades deben definir mecanismos, herramientas y procedimientos para identificar, medir, controlar y monitorear los riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos.
- Políticas y Procesos: Se deben actualizar las políticas de gestión de riesgos para incluir los riesgos ambientales y sociales, conforme a las instrucciones de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) y la Circular Básica Jurídica (CBJ).
- Operaciones de Crédito: Se establecen reglas particulares para la gestión de estos riesgos en las operaciones crediticias, bajo principios de proporcionalidad y relevancia.
- Plan de Implementación: Las entidades deben remitir un plan de implementación a la Superintendencia dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición de la circular.
- Las disposiciones deben implementarse en un plazo máximo de 18 meses contados desde la publicación de la Circular (03 de octubre de 2025).
- Aplicación Anticipada: Las entidades pueden implementar las instrucciones antes del vencimiento del plazo, y la Superintendencia podrá reconocer públicamente estos esfuerzos.
- Modifica los numerales 3.1.4 "Políticas de gestión de riesgos" y 3.2. "Gestión de riesgos" del Capítulo IV "Sistema de Control Interno" del Título I de la Parte I de la Circular Básica Jurídica.
- Se adiciona el Capítulo XXXIII a la CBCF.
