Modificación al régimen de transición del ponderador aplicable a los depósitos de entidades financieras y fondos de inversión colectiva abiertos sin pacto de permanencia

Con el fin de continuar generando condiciones que faciliten los procesos de reactivación económica de manera sostenible, se mantiene hasta el 31 de marzo de 2023 el ponderador de 25% para el fondeo estable disponible (FED) en los depósitos a la vista y a plazo (menor a 6 meses) de las entidades financieras y para los fondos de inversión colectiva abiertos sin pacto de permanencia, sin que esto afecte el cronograma de convergencia y cumplimiento del mínimo regulatorio del CFEN. De su contenido se destaca:
  1. Se ajusta el porcentaje mínimo exigible en caso de incumplimiento del CFEN.
  2. Se modifica la Circular Básica Contable y Financiera sobre las medidas que deben adoptar las entidades en caso de incumplimiento del mínimo regulatorio del CFEN.
  3. El factor de ponderación será de 0% a partir del corte del 31 de marzo de 2023.
  4. Las entidades destinatarias de la presente Circular deberán remitir a la SFC antes del 31 de marzo de 2022 un plan para el cumplimiento del mínimo regulatorio del CFEN dada la convergencia en marzo de 2023 al ponderador del 0%.
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Circular Externa 025 de 2021, SuperFinanciera

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