Proyecta los requisitos para la operación de Call Center y Contact Center

La SuperFinanciera proyecta una modificación a los requisitos para la operación de los centros de atención telefónica en áreas no exclusivas de las entidades vigiladas y de los operadores de información de la PILA. Del proyecto resalta:
  1. Los operadores de información podrán contar con servicios de Call Center en áreas no exclusivas para su operación, siempre que los servicios los presten personas vinculadas de forma directa. Deben implementar medidas de control.
  2. Se disponen medidas de conservación de la información.
Se recibirán comentarios hasta el viernes 27 de agosto de 2021. Ver Anexos
SuperFinanciera, Proyecto de Circular Externa

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